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Viernes, 24 de junio de 2022
Mezcla de productos fitosanitarios. Acorde con la legislación específica en materia de comercialización de productos fitosanitarios, la posibilidad o no de la mezcla de distintos fitosanitarios figura en la etiqueta de los productos, y como tal debe encontrarse identificada en la misma. Ello supone que dicho uso ha sido autorizado, tanto por el fabricante como por la Administración, y han sido objeto de las correspondientes evaluaciones toxicológicas, de seguridad para las personas (usuario profesional, público en general, grupos de vulnerables, etc.) y de su impacto medioambiental. Acceder a la Guía de buenas prácticas para la mezcla en campo de productos fitosanitarios del MAPA. |
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