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Viernes, 24 de mayo de 2024
Medidas para evitar los daños por barrenillo del olivo. Se recuerda que la legislación vigente obliga que, entre el 1 de mayo y el 31 de octubre, donde haya leña y restos procedentes de la poda anual, deben tomarse las medidas reguladas por la Ley 43/2002 de 20 de noviembre de Sanidad Vegetal y desarrollada en la comunidad Autónoma de Andalucía mediante la Orden de noviembre de 1981 que resume y determina las normas a seguir para prevenir los daños por barrenillo del olivo (Phloeotribus scarabaeoides). Ampliar información.
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